¿Cuánto puedo aportar a mi plan de pensiones?

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28/11/2014

abante icons Dos colores-66Estamos ya casi en diciembre y, como todos los años, empezamos a echar cuentas sobre cuánto dinero vamos a meter este año en el plan de pensiones.  Lo primero que debemos tener en cuenta no es cuánto queremos aportar, sino cuál es el límite fiscal.

Hasta el 31 de diciembre este tope es la menor de estas dos cantidades: 10.000 euros o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidos por el individuo hasta 49 años (es decir, lo que ganamos). Para quienes tienen 50 o más años el límite se amplía hasta los 12.500 o el 50%. Es la cantidad que vamos a poder reducir directamente cuando hagamos la declaración de la renta de la base imponible general del IRPF -en la que se incluyen, entre otros conceptos, el salario-. Lo que aportemos al plan resta y, por tanto, pagaremos menos impuestos.

Estos límites son conjuntos para el total de aportaciones que realicemos a sistemas de previsión social para la pensión, que, además de los planes de pensiones individuales, incluyen los de empleo, asociados, planes de previsión asegurados (PPA), planes de previsión social empresarial y seguros de dependencia.

sumario blogPor ejemplo, si la empresa ha aportado 6.000 al plan de empleo de un trabajador  que tiene 48 años y gana 40.000  euros, el máximo que puede aportar en total según el límite fiscal es 12.000 euros, pero como esa cantidad supera los 10.000, ese es el tope. Si la empresa ya me ha puesto 6.000, lo único que podré meter en mi plan de pensiones individual es 4.000.

Además, existe un límite financiero, lo máximo que podemos aportar anualmente y con independencia de lo que nos podemos deducir. Este es de 10.000 euros para menores de 50 años y de 12.500 para personas de 50 años o más. Si se supera y no se devuelve, Hacienda nos multará (el 50% del exceso de lo aportado). Finalmente, hay que recordar que el año que viene, con la entrada en vigor de la reforma fiscal, se reducen las aportaciones máximas, en todos los casos, hasta los 8.000 euros.

Hay, además, otros límites en las aportaciones: lo que se puede ingresar en el plan de pensiones del cónyuge, que son 2.000 euros, siempre que sus rendimientos del trabajo o actividades económicas sean inferiores a 8.000 euros. A personas con una discapacidad física superior al 65% y/o psíquica por encima del 33%, sus familiares o tutores les pueden aportar hasta 10.000 euros. En este caso hay que tener en cuenta que, en total, estas personas con discapacidad tienen un tope de 24.250 euros anuales para planes de pensiones. Esta cuestión la trataremos más adelante en un post específico.