Nuda propiedad: ¿y si quiero vender mi casa, pero seguir viviendo en ella?
Uno de los principales retos que plantea la longevidad es qué ocurre si tenemos vidas más largas de lo que hemos calculado en nuestro plan financiero y vital. Puede ser que hayamos estimado una edad y que, en realidad, vivamos más. O que nuestros gastos aumenten por cuestiones de salud. ¿Podríamos cubrir este incremento con el dinero de la pensión y con los ahorros que hemos ido generando?
“La riqueza de los españoles está en los inmuebles, por eso, probablemente, la solución más clara a la inversión de la pirámide poblacional venga de ahí, aunque la mayoría de la gente no piensa en vender su vivienda, esta nos permite obtener la financiación que necesitamos”, explica Belén Alarcón, socia y directora de Asesoramiento patrimonial de Abante.
España es un país de propietarios en el que la mayor parte del patrimonio de la gente está invertido en ‘ladrillo’. En concreto, el 77% tiene una vivienda en propiedad y el 17%, dos. Pensar en la vivienda como un activo para completar nuestra renta, en caso de que tengamos necesidad extra de liquidez durante la jubilación, es una opción que podemos considerar.
Aun así, lo primero es analizar nuestro caso concreto, qué queremos o necesitamos y, teniendo esto claro, decidir entre las distintas fórmulas y soluciones cuál se adapta mejor a mis necesidades. Hay varias opciones para obtener liquidez con la vivienda: hipoteca inversa, venta de la nuda propiedad y alquiler inverso.
Vender mi casa sin salir de ella
¿Qué pasaría si quisiésemos seguir viviendo en nuestra casa? Podríamos optar por la opción de vender la nuda propiedad y quedarnos con el usufructo, es decir, con el derecho de uso y disfrute de la vivienda hasta nuestro fallecimiento.
En este caso, nosotros, que somos el propietario, no recibiremos el valor de mercado del inmueble porque hay que descontar el valor económico del usufructo, que depende de la edad y de la esperanza de vida que tengamos en el momento de hacer la transacción. Y, si fallecemos o nos mudamos antes de lo previsto de la vivienda, no recibiremos ninguna compensación económica adicional.
¿Qué debo tener en cuenta? Las operaciones de venta de nuda propiedad se suelen gestionar a partir de los 65 años. Al venderla pasaríamos a mantener el uso y disfrute, pero perderíamos la propiedad y, por lo tanto, el derecho a hipotecar el inmueble y a que nuestros herederos lo reciban.
La compra de la nuda propiedad está sujeta al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero no tributa en IRPF. Y su venta está sujeta a la plusvalía municipal. Si es en forma de renta, la plusvalía municipal la pagará el comprador.
Lo más importante: un buen asesoramiento
“La longevidad nos plantea muchos retos”, destaca la socia directora de Asesoramiento patrimonial. El más importante es planificar una jubilación teniendo modelos y referencias adecuados”, subraya.
La elección de soluciones depende del caso de cada uno. “Hay que entender y analizar bien cada una de las opciones antes de decidir y, aunque no es solo cuestión de números, hay que hacer las cuentas en cada caso”, señala Alarcón.
Seleccionar una solución que tenga en cuenta la vivienda tiene que realizarse de la mano de un asesor experto independiente que permita tener una fotografía completa de las necesidades de cada persona para poder cubrirlas tomando buenas decisiones, ya que lo más importante es que encaje dentro de nuestro plan personal y que tenga sentido en nuestro proyecto biográfico y de todo nuestro patrimonio.