Cómo impacta a los autónomos el cambio de cotizaciones en sus planes financieros

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20/02/2023
Cómo impacta a los autónomos el cambio de cotizaciones en sus planes financieros

El año ha comenzado con un cambio en las cotizaciones de los autónomos que ha provocado en muchos casos el incremento en las cantidades pagadas en enero a la Seguridad Social. ¿Cuál es la novedad? Ha entrado en vigor un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia en función de sus ingresos reales, con nuevos tramos que implican una subida de la cuota en muchos casos.

Hasta ahora, los autónomos menores de 47 años podían elegir cotizar al nivel que desearan entre una base mínima (960,60 euros al mes) y una máxima (4.139,40 euros al mes). Para los mayores de 47 años, había unos límites sobre cuánto podían elevar su base de cotización. Y sobre dicha base se aplicaban los tipos de contingencias comunes, profesionales, de cese de actividad y de formación profesional.

Pero el Real Decreto-ley 13/2022, que ha entrado en vigor el día 1 de enero de 2023 ha cambiado este sistema. Ahora, los autónomos pasan a tener un sistema progresivo de cuotas que establece 15 tramos de cotización en los que cada trabajador por cuenta propia tiene que cotizar en función de su previsión de ingresos. Además, se ha empezado a aplicar el tipo del mecanismo de equidad intergeneracional.

La explicación del texto de la ley es que en el informe del Pacto de Toledo de 2020 se consideró que “la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones exigía que, de manera gradual se promovieran medidas para aproximar las bases de cotización de los autónomos a sus ingresos reales”, porque este colectivo “mayoritariamente cotiza por la base mínima”, lo que es “la causa principal de sus reducidas pensiones”.

¿Qué ha cambiado?

Ahora la cotización a la Seguridad Social se hace en un rango más ajustado a tus ingresos. Al final de cada ejercicio, el autónomo tendrá que ajustar las cotizaciones, es decir, si sus ingresos reales han sido inferiores o superiores a lo estimado, tendrá que regularizarlo con la Seguridad Social y devolver o reclamar el importe de las cuotas.

Las bases de cotización en cada uno de estos quince tramos irán aumentando entre este año y 2025. En 2023, los autónomos con rendimientos netos superiores a 6.000 euros al mes deberán cotizar entre un mínimo de 1.633,99 euros y un máximo de 4.495,50.

Esto significa que, en el tramo superior, el pago mensual se puede incrementar en casi 900 euros dependiendo de si cotizas al mínimo o al máximo en dicho tramo, una cantidad relevante que se debe tener en cuenta en la planificación financiera de este grupo de trabajadores.

Existen otras novedades, como la tarifa plana de 80 euros el primer año de actividad, la posibilidad de cambiar de tramo cada dos meses, la desgravación del plan de pensiones (un 10% de las aportaciones) o la eliminación del tope a las cotizaciones para mayores de 47 años.

¿Qué hay que tener en cuenta?

Este cambio en las cotizaciones tiene un efecto directo, como hemos visto, en lo que pagan los profesionales de este grupo, lo que provoca una disminución de sus ingresos netos disponibles mes a mes y, por tanto, de nuestra capacidad de ahorro para los diferentes objetivos personales, profesionales y familiares que tengamos.

Y requiere hacer un estudio de la situación para determinar en cada caso si interesa más cotizar al máximo, a una base intermedia o al mínimo. Porque si se cotiza al mínimo, la pensión de jubilación que se perciba en el futuro será inferior, pero también tenemos la opción de invertir lo que nos ahorramos en una cartera para la jubilación: en función de qué rentabilidad nos dé nuestro ahorro, el plazo de inversión, la esperanza de vida, etc., puede interesar más una opción u otra. Pero, sin hacer unos números es muy difícil tomar la decisión más adecuada.

Para verlo con un ejemplo: un abogado de 53 años que tiene unos ingresos mensuales de 8.000 euros, con el cambio de las bases de cotización, ha pasado de pagar 293 euros a pagar 509 al mes (cotizando al mínimo en ambos casos), lo que supone 2.590 euros más al año.

¿Le interesa seguir cotizando al mínimo o aumentar su base de cotización hasta el máximo?

Si cotiza al mínimo la base de cotización será de 1.633,99 euros y, de esta forma, tendrá una pensión de jubilación de 21.317 euros (nominales). Si lo hace al máximo, deberá de cotizar por una base de 4.495,5, lo que supone un coste de 1.402 euros al mes y la pensión será de 39.919 euros (nominales).

Si este abogado decide cotizar al mínimo e invertir la diferencia en una cartera que le dé una rentabilidad media anual del 5%, esta opción solo le compensa financieramente hasta los 72 años. Una vez superada esa edad, habría sido más rentable haber cotizado al máximo.

Conocer lo que implica cada una de las opciones y los diferentes escenarios que tenemos por delante, nos permite tomar mejores decisiones para nuestro proyecto biográfico.