El Gobierno adelanta la rebaja del IRPF de 2016 a julio de 2015
El Gobierno ha adelantado seis meses la rebaja del IRPF prevista para 2016, cuando entraba en vigor la segunda fase de la reforma fiscal aprobada el pasado 1 de agosto de 2014. En concreto, esta rebaja se aplica desde el 1 de julio. Y extiende a todos los autónomos la retención del 15%, que hasta ahora solo se aplicaba a aquellos cuyos ingresos eran inferiores a 15.000 euros anuales.
La primera rebaja en los tipos del IRPF se empezó a aplicar en enero de este año, como os hemos ido contando a través de nuestro blog. La reforma fiscal aprobada en 2014 supone un incremento de la renta disponible de las familias, gracias a esta rebaja en dos fases, pero tiene también aspectos negativos, como, por ejemplo, el empeoramiento de la fiscalidad del reparto de beneficio de las empresas (se elimina la exención de los 1.500 euros en el cobro de dividendos, entre otras cuestiones).
En lo que se refiere al IRPF, la reforma fiscal ha supuesto la reducción de los tramos del IRPF y rebaja del tipo impositivo (esta bajada de tipos se limita a la parte estatal del impuesto, no a la mitad que depende de las comunidades autónomas): se han reducido los tramos del impuesto de siete a cinco (12.450 euros, entre 12.450 y 20.200, entre 20.200 y 35.200, entre 3 5.200 y 60.000 y a partir de 60.000 euros).
En enero de este año el tipo mínimo se situó en el 20% y desde el 1 de julio de 2016 se reduce hasta el 19%. Recordemos que en 2014 el tipo mínimo era del 24,75%. El tipo máximo se sitúa desde ayer en el 45% (desde el 47% en vigor desde enero y frente al 52% de 2014). Respecto a la capacidad de ahorro que supone la reforma fiscal, depende no solo del salario percibido, sino también de las circunstancias generales. En la siguiente tabla podemos ver cuánto se ahorra una persona con la segunda fase de la rebaja respecto a 2014:
También se han recortado los tipos de la base del ahorro, situándose el mínimo en el 19% desde el 1 de julio y el máximo (para una base liquidable de 50.000 euros en adelante) en el 23%, frente al 27% de 2014 y el 24% que se ha aplicado en los seis primeros meses de este año.
Por otra parte, hay que recordar que, entre otras medidas, se elevó desde enero de 2015 el umbral mínimo de tributación a 12.000 euros, lo que significa que por debajo de este nivel no será necesario pagar el impuesto.