Los impuestos por la venta de fondos y acciones en la renta

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31/05/2016
Abante renta tributacion fondos 11

La venta de fondos y acciones tributan, como en la mayoría de productos de inversión, en la base del ahorro, como ganancias o pérdidas patrimoniales. Hay que tener en cuenta que las acciones son títulos de renta variable y que, aunque en el cobro de dividendos sí hay retención, en la transmisión, no. Mientras que los fondos de inversión son instituciones de inversión colectiva y los impuestos se pagan cuando se reembolsa el dinero (tienen retención).

Cuando vendemos unas acciones o las participaciones de un fondo (para reembolsar el dinero), se genera una ganancia o pérdida patrimonial que se calcula, en general, por la diferencia entre el valor de venta (menos los gastos asociados a la misma) y el de compra (sumándole los gastos asociados a esta).

Para incluir correctamente los datos en la declaración de la renta, debemos tener en cuenta el orden se considera que se venden las acciones y las normas antiaplicación. También cabe destacar que en el caso de hayamos sufrido pérdidas, podemos compensarlas, como explicamos a continuación.

Existe una norma transitoria sobre cómo tributan las acciones o fondos comprados antes del 31 de diciembre de 1994: parte de la ganancia estará exenta de tributación hasta un precio de venta máximo de 400.000 euros.

Sistema FIFO y normas antiaplicación

Cuando tenemos acciones homogéneas -emitidas por una misma sociedad, con igual valor nominal y derechos-, compradas con distintos precios, a efectos del IRPF se considera que se transmiten primero las más antiguas (es el sistema FIFO, first in, first out), independientemente de que estén depositadas en distintas entidades. Además, debemos calcular tantas ganancias o pérdidas patrimoniales como adquisiciones en momentos distintos se hayan hecho y separar el importe de la venta en tantas partes como sea necesario.

La normativa del IRPF establece que todas las pérdidas patrimoniales se pueden declarar, a excepción de una (normas antiaplicación). Cuando una persona vende con pérdidas acciones, títulos de renta fija o fondos de inversión, no puede declarar la  minusvalía si ha comprado títulos homogéneos en los dos meses anteriores o los dos posteriores. En los valores no cotizados el plazo es de un año.

Las acciones liberadas son las que se entregan al accionista sin contraprestación (totalmente liberadas) o por un importe inferior a su valor nominal (parcialmente liberadas). No se pagan impuestos al recibirlas, pero sí cuando se venden.

Compensación de las pérdidas

Cuando algún producto financiero nos provoca una pérdida o rendimiento negativo en vez de una ganancia, tenemos la posibilidad de compensarlo en la declaración de la renta.

Abante compensacion base ahorro

En el caso de las pérdidas patrimoniales por la venta de fondos y acciones, entre otros, se pueden compensar con las ganancias patrimoniales de dicho año (cuadro 2). Si después de hacerlo el resultado es negativo, se podría compensar con el saldo positivo de las rentas del cuadro uno (rendimientos del capital mobiliario), con un límite del 15% de dicho saldo positivo en 2016, 20% en 2017 y 25% en 2018. En el caso de que aun así tengamos todavía un saldo negativo, disponemos de los cuatro ejercicios siguientes para realizar la compensación, en el orden que acabamos de describir.

Por otra parte, hay que tener en cuenta que existe una norma transitoria: las pérdidas patrimoniales o los rendimientos negativos que se encuentren pendientes a 1 de enero de 2015, se compensarán en la base del ahorro de acuerdo a la legislación vigente en 2014. Es decir, no se podrán compensar parte de los rendimientos con las ganancias, ni viceversa.