Novedades Fiscales 2011
El pasado 22 de diciembre fue aprobado en el Congreso la Ley 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011. A continuación mostramos los cambios más importantes que afectan al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas:
1. Tributación rentas más elevadas:
Se incluye un aumento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a las rentas más elevadas, aumentando el tipo marginal al 44% para las rentas que superen los 120.000,2 euros y al 45% para las superiores a 175.000,2 euros.
2. Retribuciones irregulares:
Los rendimientos con un periodo de generación superior a dos años o que sean obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo (rendimientos del trabajo, stock options que cumplan ciertos requisitos…) podrán aplicar la reducción del 40% con el límite de 300.000 euros anuales.
3. Deducción por inversión en vivienda habitual:
Se modifica la deducción por adquisición de vivienda habitual para los contribuyentes que compren vivienda a partir de enero de 2011, limitándola a las rentas inferiores a 24.107,20 euros (rentas netas de gastos y exenciones de todo tipo: del trabajo, de productos financieros…). Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales podrán deducirse el 15 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. La base máxima de esta deducción será de:
a) Cuando la base imponible sea igual o inferior a 17.707,20 euros anuales: 9.040 euros anuales.
b) Cuando la base imponible esté comprendida entre 17.707,20 y 24.107,20 euros anuales: 9.040 euros menos el resultado de multiplicar por 1,4125 la diferencia entre la base imponible y 17.707,20 euros anuales.
Se mantiene el régimen actual de deducción por inversión en vivienda habitual para todos aquellos que hayan comprado su vivienda antes del 31 de diciembre de 2010 (Deducción máxima: 1.352 euros). Además, todos aquellos que compraron su vivienda antes de 2006, se seguirán beneficiando de una tributación más ventajosa (Norma transitoria).
4. Cuenta ahorro vivienda:
Se limita la deducción por cuenta ahorro vivienda a todos aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,2 euros.
5. Deducción por alquiler de la vivienda habitual:
Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales podrán deducirse el 15 por ciento de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de la vivienda habitual.
6. Tributación alquileres:
Está previsto a partir del 1 de enero de 2011 fomentar el mercado del alquiler y conceder mayores ventajas a los arrendadores.
7. Eliminación de la deducción por nacimiento o adopción:
Con efectos desde el 1 de enero de 2011 y vigencia indefinida, se suprime la deducción por nacimiento o adopción de 2.500 euros.
8. Sicavs:
En los supuestos de reducción de capital de sociedades de inversión de capital variable (SICAVs) que tenga por finalidad la devolución de aportaciones, el importe de ésta o el valor normal de mercado de los bienes o derechos percibidos, que se calificará como rendimiento del capital mobiliario, con ciertos límites.
9. Coeficientes de actualización del valor de adquisición:
Como todos los años, con la intención de compensar en el precio de adquisición el efecto de la inflación, se actualizan los coeficientes para las transmisiones de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas que se efectúen durante el año 2011.
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