Reforma fiscal, impulso a los planes de pensiones
Los planes de pensiones saldrán beneficiados en algunos aspectos con la reforma fiscal, gracias al nuevo supuesto de liquidez y a la reducción de las comisiones máximas, aunque se limitan las aportaciones, lo que supone un golpe al ahorro a largo plazo. Hacienda incluyó algunas de las peticiones que se habían hecho desde el sector para dar mayor atractivo a un instrumento cada vez más importante dado el escenario negativo para las pensiones públicas. Además, la norma obliga a rescatar antes de una fecha determinada a quienes hicieron aportaciones antes del 1 de enero de 2007 y quieran beneficiarse de la reducción del en forma de capital, del 40%.
La medida más importante que anunció Mariano Rajoy el pasado 1 de agosto fue la apertura de una ventana de liquidez a los diez años de haber contratado el plan para las aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2015. Para el ahorro acumulado antes de esa fecha, habrá que esperar hasta el 1 de enero de 2025 para poder reembolsarse el dinero.
Hasta ahora los planes de pensiones eran prácticamente ilíquidos y solo se podía recuperar el ahorro acumulado si ocurría alguna de las contingencias (jubilación, fallecimiento, dependencia o incapacidad) o alguno de los supuestos excepcionales de liquidez (enfermedad grave, desempleo de larga duración o temporalmente el desahucio). Esta es una de las razones que los expertos señalaban como causa de las bajas aportaciones que se hacen en España. De hecho, el dinero destinado a estos productos de previsión se ha reducido considerablemente desde 2006.
Liquidez y límite a las comisiones, medidas aplaudidas
Por eso, la medida que había sido solicitada por Inverco, la patronal de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, que aseguraba que uno de los problemas por los que los planes de pensiones no crecían más era la falta de liquidez, ha sido aplaudida en el sector. En este aspecto, con la posibilidad de recuperar el dinero después de diez años, se elimina el miedo de los ahorradores y se equipara a los planes de pensiones con los EPSV vascos (Entidad de Previsión Social Voluntaria). Esta ventana de liquidez es aplicable no solo para los planes de pensiones, sino también al resto de sistema de previsión social exceptuando los Seguros Colectivos.
Por otra parte, se establecerán reglamentariamente las condiciones, términos y límites para el rescate. Recordamos que el ahorro que salga del plan tributará como rendimiento de trabajo, que es la fiscalidad que se aplica cuando el inversor se jubila –es decir, se pagan impuestos por la totalidad del capital más la rentabilidad acumulada y no solo por el rendimiento obtenido como en otros productos de ahorro-.
Otro de los aspectos positivos del proyecto de ley es la reducción de las comisiones máximas de los planes de pensiones del 2,5% al 1,75%. Tal y como destaca el Ejecutivo de Rajoy, esta rebaja beneficia a 4,5 millones de partícipes. El texto que el Gobierno ha pasado al Congreso establece, además, la posibilidad de regular una comisión de éxito, medida que refuerza el alineamiento entre el partícipe y la gestora.
Una de las novedades más llamativas del proyecto de reforma fiscal es que se establece la exención de las plusvalías obtenidas por los contribuyentes mayores de 65 años por la venta de activos financieros e inmobiliarios si se reinvierten en una renta vitalicia con un máximo de 240.000 euros.
Tope a las aportaciones
Por el lado negativo, destaca la bajada dela aportación máxima a planes de pensiones. A partir del 1 de enero de 2015, los contribuyentes podrán deducir la menor cantidad entre 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas. Además, se podrán aportar 5.000 euros anuales para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa.
En la actualidad, los menores de 50 años se pueden deducir por la menor de 10.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas y los mayores de 50 años la menor de 12.500 euros o el 50% de los rendimientos netos del trabajo o actividades económicas
La justificación que da Hacienda para este nuevo cambio en la tributación de los planes de pensiones (en 2003 la aportación máxima podía llegar hasta los 48.500) es que la mayoría de los partícipes ahorran mucho menos de 8.000 euros anuales a través de estos productos. De hecho, solo el 1,09% hace aportaciones superiores y la contribución media anual es de 1.375 euros, mientras que el 75% ingresa 300 euros o menos, de acuerdo con los datos de la Dirección General de Seguros (DGSFP).
Los expertos de Abante subrayan que con esta medida y su explicación se está mandando un mensaje equivocado a los ciudadanos, “se da por bueno que ahorren poco para la jubilación a través de los planes de pensiones, cuando es necesario concienciar justo de lo contrario, de aumentar las aportaciones”. “Se ha perdido una estupenda oportunidad para fomentar el concepto de ahorro para jubilación ampliando y otorgando cierta libertad a los ahorradores para acumular capital cara a su jubilación con independencia del vehículo elegido”, afirma Belén Alarcón, socia responsable de Financial Planning.
En cambio, es positivo el incremento del límite máximo para las aportaciones a los planes de pensiones a favor del cónyuge, desde los 2.000 euros actuales hasta los 2.500.
Otro punto cuestionado de la reforma es que no mejora la fiscalidad del rescate de los planes de pensiones, no se incentiva recuperar el dinero tras la jubilación en forma de renta. Aunque se mantiene la reducción del 40% en el caso de los rescates en forma de capital de aportaciones realizadas antes de 2007, solo se puede aplicar para las prestaciones percibidas en el ejercicio en que acaezca la contingencia correspondiente o en los dos ejercicios siguientes. En el caso de contingencias acaecidas antes de 2014 se establecen límites para poder acogerse a la reducción. Es importante que los inversores que tengan derecho a aplicar dicha reducción, revisen la fecha límite para aplicar la misma.